¿Hay que declarar a Hacienda la cesta de Navidad?

¿Hay que declarar a Hacienda la cesta de Navidad?

Debemos distinguir dos situaciones diferentes, que igualmente van a tener un trato fiscal diferente: una es la cesta de Navidad que la empresa regala a sus empleados y otra distinta una cesta de Navidad ganada en un sorteo, pensemos por ejemplo en la cesta o lote de productos navideños que el bar de nuestro barrio sortea cada 22 de diciembre en función del número agraciado con “El Gordo” de la Lotería de Navidad.

En el primer caso, la cesta con las que las empresas obsequian a sus trabajadores en Navidad, se considera una retribución en especie y, en consecuencia, tendría que ser valorada conforme a su precio de mercado y sumada al resto de conceptos que compongan el salario. Iría directamente como tal en nuestra declaración de IRPF.

En el segundo caso, las tradicionales cestas o lotes de productos vinculados a un sorteo, tendrían que considerarse como una ganancia patrimonial (por su valor de mercado) a efectos de la declaración de IRPF.

En la práctica, lo habitual es que este tipo de premios no se declare ni Hacienda se meta en nada si no es muy cuantioso económicamente hablando; ahora bien, debemos tener presente la teoría y lo que dice la ley por si alguna vez recibimos una reclamación de Hacienda en este sentido: la legislación española exige la tributación por las cestas de Navidad, sea como ganancia patrimonial o como retribución salarial.

Fuente: Carmen Andrey


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